REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-
Agua Blanca, 01 de Octubre del 2.013
203° y 154°
SOLICITUD Nº S-483-2013
Vista la anterior solicitud, mediante la cual la Ciudadana: MARÍA TEOFILA ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 1.117.105, domiciliada en la Avenida 06, con calles 4 y 5, Sector banco Obrero del Municipio Agua Blanca del Estado Portuguesa. Solicita que la anterior diligencia sea declarada bastante para asegurar el derecho a la propiedad que alega, sobre las bienhechurias a que se refiere. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por el ciudadano: MORAN JUAN ANTONIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-4.202.351, y el ciudadano: MARRUFO MEDINA RAUL RAMÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 11......