DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la NULIDAD DE OFICIO de todas las actuaciones relacionadas con el acusado ADONAY PARRA SULBARÁN, posteriores a la publicación de la sentencia absolutoria efectuada en fecha 10/01/2018, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 03, de este Circuito Judicial Penal, con sede en Guanare; SEGUNDO: Se ordena REPONER LA CAUSA al estado en que el referido Tribunal de Juicio, inmediatamente después de recepcionado el presente expediente, realice las notificaciones a todas las partes de la publicación del texto íntegro de la sentencia absolutoria efectuada en fecha 10/01/2018, a los fines de que ejerzan el medio de impugnac.....