Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y Transición Del Circuito Judicial de Protección Del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la acción de FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN intentada por la ciudadana KELLY ROSMARY SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.672.513; en contra del ciudadano: JOSÉ LUIS VIVAS MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.948.165; en beneficio de su hijo, el niño (se omite por disposición legal). Y Así se Declara.
En consecuencia, y en cuanto a la Obligación de Manutención, el padre del niño queda obligado a aportar la suma de QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (BsF. 500,00) mensuales que entregará a la madre quien le expedirá recibos como constancia. En el mes de Diciembre de cada año, deberá aportar el dobl.....