Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el encabezamiento del artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a la ejecución de la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN que le fue impuesta en fecha 02 de Febrero de 2015 por el Juez de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 3 de este mismo Circuito Judicial Penal al ciudadano JOVANNY MANUEL BOHÓRQUEZ CUENCA, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.969.317, natural de Valencia, Estado Carabobo, nacido en fecha 28 de Octubre de 1985, hijo de Pablo Arias y María Bohórquez, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en el Barrio "Colombia Sur", Calle Principal, casa s/Nº, Guanare, .....