Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos JOSE JULIAN GALINDEZ y ARELYS ALEXANDRA GIMENEZ, respectivamente, el primero domiciliado en la Urbanizacion Villas del pilar, II etapa, calle 12, casa N° 143, y la segunda domiciliada en la Urbanizacion Llano Lindo II, conjunto A, casa N° H25, ambos de la ciudad de Araure, Municipio Araure del Estado Portuguesa, asistidos por la abogada en ejercicio JUDITH PASTORA VARGAS ANGULO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.469.329, e Inscrita en el Inpreabogado bajo el N°154.151.
En consecuencia, de conformidad en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por lo.....