PRONUNCIAMIENTO
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada LIDIA RIVERO TOVAR, en su condición de Defensora Pública del acusado FELIPE ANTONIO BUSTAMANTE PÉREZ, en contra del la decisión dictada en fecha 13/02/13 y publicada en fecha 21/02/13, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se condenó al acusado, en virtud de la admisión de los hechos efectuada por este, a cumplir la pena de cinco (05) años y cuatro (04) meses de prisión, más las accesorias de ley, en la causa que se le siguió, por la comisión de los delitos de Violencia Física, Actos Lascivos y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los artículos 42 y 45.....