Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: se imparte HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada entre los abogados Arnoldo José Gregorio Peraza Petit, apoderado judicial de la parte actora y Georges Gharghour apoderado judicial de la parte demandada, en los términos señalados en dicha transacción realizada mediante escrito de fecha 23-04-2024.
SEGUNDO: Se acuerda levantar Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar Inmueble decretada por éste Órgano Jurisdiccional en fecha 07/07/2022, y se ordena oficiar al Registro Público con funciones notariales del Municipio Guanare estado Portuguesa, a los fines legales correspondientes.