DISPOSITIVA
Este Tribunal en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad No. 1 de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el articulo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA el beneficio de Destacamento de Trabajo como fórmula alternativa de cumplimiento de pena al penado Soto Gamboa Carlos Eduardo, venezolano, nacido en fecha 20-02-1985, de 29 años de edad soltero, titular de la cedula de identidad Nº 19.433.154, con residencia en el barrio el Progreso, de esta ciudad de Guanare, quien encuentra cumpliendo la pena de Once (11) años de prisión, mas las accesorias de Ley, por haber admitido los hechos por el delito de Robo Agravado, Ocultamiento Ilícito de Arma de Fuego y Uso de Adolescente para Delinquir, previstos y sancionados en los artículos 458 en relación al 455, 277 del Código Penal y 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos y 264 de la Ley.....