En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar, la apelación ejercida en fecha 04 de noviembre de 2.010, por la ciudadana Virgilia Méndez Montilla, asistida por el abogado Freddy Escalona Rangel, contra la sentencia dictada en fecha 01 de noviembre de 2.010, por el Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se Revoca la sentencia dictada en fecha 01 de noviembre de 2.010, por el Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, que declaró Con Lugar la acción por cobro de Bolívares Vía Intimación, intentada por la ciudadana Magallys Sánchez River.....