Visto el acuerdo celebrado entre la parte actora ciudadano Ananias Ezequiel Romero Calderón en su carácter de Presidente de la Asociación de Productores Rurales del Distrito Guanare (ASOGUANARE) según consta en Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la referida Asociación debidamente protocolizada por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Guanare, Papelón y San Genaro de Boconoito del Estado Portuguesa, bajo el Nº 46, folios del 277 al 280, Protocolo 1º, tomo 24º, Trimestre 2do, año 2009, debidamente asistido por el abogado Rafael Arnaldo Ramos Penagos, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 96.268, de este domicilio, y la parte demandada ciudadano Roberto Antonio Canelones Escalona, debidamente asistido por el abogado Servando Javier Vargas Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.890, pasa este Tribunal a decidir en los siguientes términos:
Vista la conciliación efectuada por las partes, y por cuanto se encuentran llenos los extremos exigido.....