en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Acuerda otorgar el lapso de cuarenta y cinco (45) días al Ministerio Público para que concluya la investigación iniciada en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de Nacionalidad: Venezolano, Natural de Acarigua. Nacido en fecha: 28-09-1996, de 17 años de edad, De Estado Civil: Soltero, De Profesión U Oficio: comerciante. Residenciado en el Complejo habitacional Simón Bolívar zona 14E Apto 2-3, en la Ciudad de Acarigua del Estado Portuguesa. Titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 25.606.635, teléfono 0426-7888931 y en consecuencia presente su respectivo acto conclusivo, todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 295 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por remisión expresa del artículo 537, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Dictada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control N° 1, del Sistema de Penal de.....