Dispositiva
Por los fundamentos antes expuestos, este tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A propuesta por los ciudadanos Marielsy Coromoto D Santiago Montilla y José Coromoto Fernández Carmona, plenamente identificados, de conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil. En consecuencia bajo la premisa del Articulo 184 Ejusdem, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha veinticuatro (24) de noviembre del dos mil (2000), asentada bajo el Nº 21 por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del estado Portuguesa.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Tribunal del Municipio Ordinario Ejecutor de medidas del Municipio S.....