1) Admite parcialmente la acusación conforme al artículo 330 numeral segundo del Código Orgánico Procesal Penal contra los ciudadanos Peraza Linarez Rafael Simón y Colmenares José Leonidas, por el delito de Homicidio Intencional en Complicidad Correspectiva, previsto y sancionado en el artículo 407 en relación con el artículo 426 del Código Penal, en perjuicio de Alfredo Linarez.
2) Admite las pruebas y evidencias, presentadas por el Ministerio Público, por ser pertinente y necesarias, así mismo admite las pruebas de la Defensa a excepción de las documentales (carta de buena conducta y constancia de trabajo de los imputados) conforme al artículo 339 ordinal segundo del Código Orgánico Procesal Penal.
3).-Desestima los alegatos de la defensa en cuanto a las excepción de legitima defensa y sin lugar el sobreseimiento solicitado y el cambio de calificación.
4) Impone la medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el numeral 3 del artículo 256 eiusdem, consiste.....