Bajo los fundamentos establecidos este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA LA REVISIÓN DEL COMPUTO DE LA PENA, en la presente causa seguida contra la ciudadana SEFERINA ANTONIA ESCALONA, identificada con cédula Nº 8.064.576, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese, publíquese, déjese copia y ofíciese al Comandancia General de Policía su actual Centro de Reclusión, y a los siguientes organismos: Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso y Departamento de Ejecución y Sanciones Penales del Ministerio de Interior y Justicia a los que se les remitirá de igual manera copia certificada de la decisión y líbrese Boleta de Traslado para notificar a la penada para ser notificada.
La Juez de Ejecución No.....