Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: La INCOMPETENCIA para conocer la presente acción de nulidad de acto administrativo interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de los efectos de la providencia administrativa Nº 298-09 emanada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE ACARIGA ESTADO PORTUGUESA en fecha 22/06/2009 la cual fue presentada en fecha 01/07/2009 por los abogados LUIS BERNARDO MELENDEZ y MARIANA MELENDEZ actuando en representación judicial de la empresa TRANSPORTE DE CARGA ECLIPSE C.A y por cuanto a su vez el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CENTRO OCCIDENTAL ya había declinado la competencia para conocer la presente, se PLANTEA CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA por no ser éste Juzgado .....