DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: ADMITE los recursos de apelación interpuestos, por las Abogadas LISANDRA CORMOTO TERÁN LOBATA y NAIDI COROMOTO BRICEÑO DE ORELLANA, en su condición de Defensoras de la ciudadana ARACELYS DEL CARMEN MEJIAS DE SÁNCHEZ; Abogados JOEL DARIO GARCÍA DORANTE y ENDRE ADY CANELON DORANTE, en su carácter de Defensores de la ciudadana NACARID DEL VALLE BRITO QUERO; y Abogada GRELIMAR DEL CARMEN MONTOYA GALLARDO, en su carácter de defensora del ciudadano JORGE LUIS QUINTERO DURAN, todos ellos, contra el auto dictado en fecha 23 de Octubre de 2014 y publicado en fecha 11 de Noviembre de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 02, Sede Guanare, del Circuito Judicial Penal de la Circu.....