Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR el derecho a exigir honorarios profesionales del Abogado FÉLIX MOISÉS ROSALES GARCÍA, contra la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES RURALES DEL DISTRITO GUANARE (ASOGUANARE), por sus actuaciones profesionales realizadas como Endosatario en Procuración en la causa signada bajo este mismo número, por Cobro de Bolívares por Intimación, llevado contra el ciudadano HOUGHTON RAYGADA RONALD J. Así se decide.-
En consecuencia, una vez quede firme la presente decisión el Abogado intimante debe proceder a estimar el monto de los honorarios profesionales, para dar inicio a la segunda fase estimativa del presente procedimiento. Así se decide.-
No hay condenatoria en costas, en virtud a la naturaleza d.....