En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 2, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda ampliar el plazo de prueba por un año más al ciudadano Alejandro Baltazar Vera, venezolano, mayor de edad, natural de Barinas, estado Barinas, de 53 años de edad, casado, chofer, nacido en fecha 13-07-1952, titular de la cédula de identidad N° V-3.917.127 y residenciado en la Urbanización Durígua, Sector 3, vereda 3, casa No. 27, de Acarígua, estado Portuguesa, a quien este tribunal le acordó la Suspensión condicional del Proceso por el delito de Lesiones Culposas Graves, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Julio José Camejo Requena, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo someterse a la vigilancia de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Pe.....