En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción incoada ADRIANA VICTORIA VILLEGAS PERDOMO Y MARIA PATRICIA VILLEGAS PERDOMO, asistidas por las Abogadas Esmeralda González y Xiomara Mendoza, contra RAMON ANTONIO VILLAREAL ARAUJO, con motivo de DESALOJO. En consecuencia, se ordena la entrega a la parte actora, libre de personas y cosas, así como solventes de servicios de un inmueble inscrito bajo el Código Catastral Nro. 13-0302-203-2738-004-000, constituido por una parcela de terreno y las bienhechurías sobre ellas edificadas, ubicadas en la Avenida Venezuela, acera norte cruce con calle 38, de esta Ciudad de Barquisimeto, Jurisdicción de la Parroquia Concepción (antes Municipio Concepción), Municipio Iribarren (antes Distrito Iribarren) del Es.....