Por los anteriores razonamientos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara se HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO a que llegaron las partes en la Audiencia de Juicio, en el cual quedó establecido LA CUSTODIA COMPARTIDA, (15 días con el padre y 15 días con la madre, y un REGIMEN DE CONVIVENCIA AMPLIO, el cual quedó bajo los siguientes términos: El fin de semana el progenitor que no tenga para esa semana a los niños compartirá el fin de semana desde el Viernes a las 5:00 de la tarde y los devolverá el domingo a las 5:00 de la tarde, las vacaciones escolares, navideñas y otras serán compartidas, intercambiándose las posiciones año tras año de manera alternada, en relación al día de la madre con la madre y el padre con el padre, en cuanto a los viajes dentro y fuera del.....