DECLARA la presente actuación suficiente para acreditar a los ciudadanos JOSEFINA DEL CARMEN MARTÍNEZ DE OVIEDO, MARÍA DE JESÚS OVIEDO DE RIVAS, YOHANA GUADALUPE OVIEDO MARTÍNEZ, JOSÉ GREGORIO OVIEDO MARTÍNEZ, JHONNY COROMOTO OVIEDO MARTÍNEZ, EDGAR ANTONIO OVIEDO MARTÍNEZ, GREGORI EDUARDO OVIEDO MARTÍNEZ, titulares de las cedulas de identidad N° V-5.953.390, V-16.862.759, V-16.862.757, V-15.340.659, V-17.276.268, V-16.862.758 y V-30.440.862 como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS sobre los bienes dejados por el causante ERNESTO RAMÓN GUTIÉRREZ JOSE GREGORIO OVIEDO LOPEZ.
Devuélvase original de las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa su anotación de todo lo actuado en el Libro Diario de este Tribunal.
JUEZ,
ABG. WILFREDO ESPINOZA LÓPEZ.
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