DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 375 por ADMISIÓN DE LOS HECHOS) a los ciudadanos ROBERTH ARGENIS GONZÁLEZ PÉREZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad No V-18.670.414, y a HARLEN JOSÉ TORRELLES AGUILERA, Venezolano, titular de la cédula de identidad No V-24.021.482, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, de conformidad con el articulo 16 del Código Penal; consistentes en La Inhabilitación Política mientras dure la pena y la sujeción a la Vigilancia de la Autoridad, por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine, la cual se cumplirá ante la Primera Autoridad Civil del Municipio donde residan, por haber admitido los hechos.....