D E C I S I O N
	En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela  y  por  Autoridad  de  la  Ley y del Derecho,  declara: 
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE  APELACIÓN  interpuesto en fecha 17 de febrero de 2005, por el Abogado Achune Constantine Costa, en su carácter de apoderado judicial de las empresas demandadas.
SEGUNDO: Se condena en costas del recurso,  a la parte demandada- apelante, de conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. 
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el Despacho del Juzgado Superior
Primero  de  la  Circunscripción  Judicial  del  Estado  Portuguesa,  en la ciudad de Guanare, Municipio Guanare del Estado Portuguesa, a los cinco (05)  días del mes de Abril del .....