En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia transitoria en Protección del Niño, Niña y Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Confirmada, la sentencia definitiva, proferida en fecha 21-10-2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de este Primer Circuito Judicial, que acuerda la Interdicción Civil de la ciudadana MILAGROS DEL CARMEN ROJAS GONZALEZ, formulada por su progenitor, ciudadano BAUDILIO ROJAS, y a quien formalmente, se le designa Tutor Definitivo de la interdictada.
En consecuencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 506 del Código Civil, se ordena insertar la presente sentencia en los respectivos Libros de Registro Civil de Nacimientos del Despacho correspondiente. Así se decide.