DISPOSITIVO
Por todo lo antes expresado este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: De conformidad con lo dispuesto en los artículo 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, Primero: DECLARA LA NULIDAD DE LAS ACTUACIONES, presentado por al Fiscal Primera del Ministerio Público con Competencia en Toda la Jurisdicción del Estado Portuguesa en materia de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Abg. Zoila Fonseca, relacionado con el ciudadano Ovidio Wladimir Murcia Montilla, venezolano, de 21 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.605.370, soltero, vendedor informal, con fecha de nacimiento 09/04/1989 y domiciliado en el sector Quebrada de la Virgen, vía Juan Pablo Segundo, casa sin número cerca de la Bodega Simeón, Municipio Guanare del Estado Portuguesa; por la p.....