Por las razones antes expuestas, este Juzgado forzosamente procede, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a declarar INADMISIBLE la demanda intentada por los ciudadanos REGULO JESUS DIAZ y HUGO JOSE MONTILLA, en contra de CONSTRUCCIONES MORENO SOLANO FP e INVERSIONES COIMPRO CA.