DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente CON LUGAR la reclamación por Prestaciones sociales y otros conceptos, interpuesta por el demandante contra la demandada, todos arriba identificados.
SEGUNDO: Se condena a la parte Demandada: SEGURIDAD MOPROINCA, C.A., y al ciudadano GUSTAVO ADOLFO BOLNILLA CONTRERAS, a pagar la cantidad de Ochenta y Nueva Mil Quinientos Veinticinco Bolívares Con Veintiséis Céntimos (Bs. 89.525,26).
TERCERO: No hay condenatoria en costa por la naturaleza del fallo.
CUARTO: Se condena a SEGURIDAD MOPROINCA, C.A., y, al ciudadano GUSTAVO ADOLFO BOLNILLA CONTRERAS, al pago de las resultas que arroje la experticia complementa.....