T E R C E R O
Por las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, CON FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establece el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 318 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO y declara concluido el presente procedimiento seguido al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, identificada UT SUPRA, por los hechos ocurridos el 10 de Diciembre de 2004, a las 3:00 horas de la tarde. Por cuanto se pone fin al proceso se ordena notificar a las partes de la presente decisión.
En la ciudad de Guanare, el Cinco (05) de Agosto del año Dos Mil Cinco. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
LA JUEZ DE CONTROL NO 1,
Abg. JULET COROMOTO VALERA.....