En este sentido, este Tribunal observa de las declaraciones rendidas ante este Despacho por las ciudadanas: MARITZA DEL CARMEN MARCHENA GONZÁLEZ y FEDERICO ANTONIO PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-15.733.263 y V-5.941.289, respectivamente, quienes manifestaron que la solicitante ha venido ocupando desde hace 20 años una parcela de terreno municipal, ubicada en el Barrio San Pablo, calle 05, casa Nº 15-47 de la Ciudad de Araure del Municipio Araure del Estado Portuguesa, con un área de terreno de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTÍMETROS (254,63 m²) signada con el Código Catastral Nº 18-02-01-U-01-012-026-015--000-000-000 de fecha 22 de Abril del 2022 emitida por la Oficina Municipal de Catastro del Municipio Araure del Estado Portuguesa, correspondido dentro de los siguientes linderos: NORTE: S/C MANUEL MORONTA Y CABRERA CASTILLO; SUR: S/C ROSA RODRIGUEZ; ESTE: S/C GLADYS CORTEZA CARUCI; OESTE:.....