DISPOSITIVA
Por todos los racionamientos ante expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 1 EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
l-.Se decreta el Sobreseimiento de la Causa, a favor del ciudadano Jesús Alberto Barrios Sánchez, titular de la cédula de identidad N° 25.285.871, fecha de nacimiento 25/09/1992, de 19 años de edad, soltero de profesión u oficio Ayudante de Albañilería, residenciado en el Barrio Monseñor de Unda, Calle 08, Casa S/N°, Guanare Estado Portuguesa, de conformidad con el artículo 318 numeral 1º en concordancia con el 330, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por no constituir ilícito penal alguna su conducta.
Se ordena el archivo definitivo de las presentes actuaciones en su oportunidad legal.
Téngase por notificadas las partes presentes por cuanto el presente pronunciamiento se .....