DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con Competencia en Asunto Alimentario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre los ciudadanos SILVERIA DEL CARMEN VARGAS GUEDES y JOSE ANSELMO BARAZARTE, en beneficio de su hijo excepcional, en los términos por ellos señalados. Se acuerda mantener vigente la medida de retención ordenada por este tribunal sólo en lo que respecta a la obligación de manutención que es la cantidad de trescientos bolívares (Bs. 300,00) y la beca de hijo excepcional En consecuencia se deja sin efecto el oficio Nº 113, de fecha 16-03-2011. Líbrese oficio