En suma, por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha 22 de enero de 2006 por as Fiscales con competencia en materia de drogas, abogadas, Gladys Álvarez y Zoila Fonseca, contra la decisión dictada en fecha 17 de enero de 2006 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó el sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano CARLOS MARTÍN BASTIDAS, por la comisión del delito de ocultamiento de sustancias ilícitas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado venezolano, todo de conformidad con la disposición contenida en el numeral 4 del artículo .....