1) Admite la acusación presentada por la Representación Fiscal, contra el acusado conforme al artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, por el
Delito de Violencia Física , previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de Yusbelys Godoy.
2) Admite las pruebas presentadas por el Ministerio Público, de conformidad con el artículo 197, 198 y 199 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, es decir expertos; testigos y documentales por ser licitas, pertinentes y necesarias para un eventual juicio oral y público.
Acto seguido el Tribunal una vez hecho el pronunciamiento de ley, la Juez de Control N° 1, informó que de conformidad al artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el cual establece la Supletoriedad y Complementariedad de Normas, específicamente en relación a las disposiciones del Código Orgánico Procesal Penal, se impone.....