En fuerza de las consideraciones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el alegato de caducidad de la acción.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la presente QUERELLA DE INTERDICTO DE AMPARO POR PERTURBACIÓN, incoada por la ciudadana SALAZAR ÁNGELA ANTONIA, contra los ciudadanos SALAZAR OCTAVIA RAMONA Y ARIAS PARRA NÉSTOR DELFÍN, sobre un lote de terreno con una extensión de Diez Hectáreas (10 Has), ubicado en el Asentamiento Campesino Palmarito Curveleno en la Jurisdicción del Municipio Guanarito del Estado Portuguesa, con los siguientes linderos: NORTE: Parcela Nº PC-02; SUR: Parcela Nº PC-04; ESTE: Carretera Interna; OESTE: Parcela Nº PC-01.
TERCERO: Como consecuencia de lo anterior se revoca el decreto interdictal de .....