En razón de lo anteriormente expuesto este Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA ORDEN DE APREHENSIÓN en contra de los imputados HECTOR RAMON LINAREZ SIVIRA; YHONNI ALEXANDER PICHARDO LAMEDA; JHONNY HUMBERTO SILVA TORREALBA, y JHONNY HUMBERTO SILVA BELLO, venezolano, natural de Turén, soltero , obrero titular de la cédula de identidad número V-17.601.284 ,reside en el Barrio Villa Bruzual calle 1 y 2, avenida 1, casa sin numero, Turén, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal en perjuicio del ciudadano JOSE GREGORIO HERNANDEZ BLANCO (Occiso), de conformidad con lo establecido en el primer aparte del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.