TERCERO:
Por las razones expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA de conformidad con lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del adolescente Identidad Omitida por razones de ley, ya identificado plenamente, por los hechos ocurridos el día 06- de Mayo de 2005. Por cuanto la figura del sobreseimiento definitivo pone término al procedimiento, tiene autoridad de cosa juzgada, es decir pone fin al proceso, se acuerda notificar a las partes de esta decisión y archivar la presente causa junto con las agregaciones respectivas, una vez transcurrido el lapso legal- En la ciudad de Guanare a los SEIS días (06) días del mes de Julio del año Dos Mil seis
LA JUEZ DE CONTROL Nº 2.....