DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribual de Control Nº 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa que se le sigue a los adolescentes imputados: SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY y SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY , por imputárseles presunta comisión de un delito Contra las Buenas Costumbres y el Buen Orden de la Familia, cometido en perjuicio de la adolescente: AIDALI MARIANA ORTIZ GOMEZ, por falta de una condición necesaria para imponer la sanción, siendo que el hecho imputado no es típico, todo ello de conformidad a lo establecido en el Artículo 561, Literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ello en concordancia con el artículo 318, Ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del.....