DE LA HOMOLOGACION
Examinados los términos de la transacción, se evidencia que se encuentra presente el apoderado judicial del EX PATRONO y el apoderado judicial de la EX TRABAJADORA, quien se encuentra debidamente facultada para este acto, tal y como consta en el expediente, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia legal debida en el proceso. Asimismo, se aprecia que en la presente TRANSACCION se actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, y que la transacción se encuentra debidamente circunstanciada en cuanto a la motivación de la transacción y los derechos en ella comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad manifestada en el presente acuerdo, y el pase en autoridad de cosa juzgada. Finalmente, visto que el acuerdo alcanzado a través de un proceso de Mediación, es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; por cuanto dicha TRANSACCIÓN tiende a garantizar una ar.....