En razón de las consideraciones precedentes, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y en constituido en sede Constitucional del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado NICOLÁS HUMBERTO VARELA, co-apoderado judicial de la parte demandada, en fecha 19 de diciembre del 2018, contra la sentencia dictada en fecha 14 de diciembre de 2018, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró SIN LUGAR la Tacha de Falsedad, CON LUGAR la demanda, y NULA la asamblea de accionistas de "HPO HOISPITAL DE OCCIDENTE; C.A.", celebrada el 20 de Noviembre de 2015 y su acta registrada en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, el 28 de diciembre de 2015, b.....