D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN a la aceptación por parte del demando JIMÉNEZ GALARRAGA JEEN HELY, apoderado de la ciudadana JIMÉNEZ LEÓN AVELINA DEL CARMEN, previamente identificado, con relación al contenido y la firma de un contrato privado de venta sobre un inmueble con una parcela de terreno y una vivienda unifamiliar sobre ella construida, ubicada en la urbanización Durigua 3, vereda 26, casa Nro. 8 de la ciudad de Acarigua municipio Páez, dicha parcela cuenta con una superficie aproximada de CIENTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y TRES CENTÍMETROS CUADRADOS (155,53M2), signado con el código catastral Nro. 18-08-01-u-01-031-091-018-000-000-0.....