DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establecido en el artículo 557 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, dictamina lo siguiente: 1.- DETENCIÓN LEGAL del adolescente IDENTIDAD OMITIDA antes identificado conforme al artículo 652 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, antes identificado. SEGUNDO: Acuerda continuar las averiguaciones bajo los parámetros del procedimiento ordinario. TERCERO: Acoge la pre-calificación Fiscal de los hechos como HURTO CALIFICADO, previsto en el Artículo 453 numeral 1° del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ELOY JOSE MUJICA FLORES. CUARTO: Se acuerda imponer al adolescente las medidas .....