Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por los ciudadanos JOSE GREGORIO TORRELLES RIVERO y ZENAIDA DEL CARMEN MARTINEZ CHIRINOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-13.072.133 y Nº V-15.866.930, respectivamente, el primero domiciliado en la calle N° 09, de la comunidad Payara Centro, Parroquia Municipio Páez Estado Portuguesa y la segunda domiciliada en la calle principal, vía al antiguo Balneario Curpa, Caserío La Palma Municipio Páez Estado Portuguesa, asistidos por el abogado ADELIS LEONIDES SALMERON ESCOBAR, titular de la Cedula de Identidad Nº V-8.663.052, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 164.246,.....