DECISION:
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR, la Demanda de Divorcio intentada por la ciudadana: MAGLIS HEBETIS LEALMORILLO ya identificada, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial, que contrajo con el ciudadano:, ya identificada, el día veintisiete (27) de febrero de 2012, por ante el Registro Civil de Municipio Guanare del Estado Portuguesa, como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 41 que en copia certificada fue traída a los autos, marcada con letra "A", de conformidad con lo establecido en la Sentencia 1070/16 Dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia respecto del referido artículo, queda extinguida la Sociedad Conyugal. Y ASI SE DECIDE---.....