DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN, intentada el 03 de Julio de 2025, por el abogado Ignacio José Herrera González, en su carácter de apoderado del demandado.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión de fecha 01 de julio de 2025, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, mediante la cual declaró sin lugar la oposición a la partición de la acciones de la Sociedad Mercantil CEDICAR "CENTRO DIAGNÓSTICO PARA CARRO", C.A., formulada por el demandado, ciudadano RAFAEL JOSÉ CAMACARO JIMÉNEZ, SE DECLARA NULA la partición de las acciones de la Sociedad Mercantil CEDICAR "CENTRO DE DIAGNOS.....