Por los anteriores razonamientos, este Tribunal Segundo Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de La Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado incoado por el ciudadano: BINGHUI WU, Extranjero de Nacionalidad China, soltero mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°E-84.409.071, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Donato Antonio Martínez Mena, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.959.191, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 278.855, de este domicilio, contra el ciudadano FENGLIN WU, de nacionalidad extranjera, soltero, titular de la cédula de identidad N°E-82.255.101, de este domicilio, Referente a la compra venta de un Vehículo usado de exclusiva propiedad con las s.....