D E C I S I O N
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación de fecha 31 de Marzo del año 2004, formulada por la Abogado Norelys Aguin, en su carácter Apoderada Judicial de la parte demandante y apelante ciudadana Noris Mercedes Avancin, contra la Sentencia de fecha 25 de Marzo del año 2004, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, por la razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: CONFIRMA, la Sentencia de fecha 25 de Marzo del año 2004, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, que declaro La.....