DECISIÓN
Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO que fue presentado por el ciudadano NEUDI COROMOTO PIÑERO, titular de la cedula de Identidad N° V- 15.340.091., asistido por el Abogado JOSE D. PEREZ G., titular de la cédula de identidad número V-10.139.037, e inscrito en el INPREABOGADO Nro°. 128.752., en fecha 06 de octubre de 2025.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Acarigua, a los siete (07) días del mes de Octubre de 2025. Cúmplase con lo ordenado.
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Romi Lisbeth Arapé Escalona,
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