Por los anteriores razonamientos este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: 1) Declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes, decretada en fecha 17/03/2017, de los ciudadanos Nieves José Fernández Fernández y Martha María Díaz Mejías, suficientemente identificados en autos, con fundamento en el artículo 177 Parágrafo Segundo literal "g" de la LOPNNA en concordancia con los artículos 188, 189 y 190 del Código Civil venezolano y el artículo 762 del C.P.C. En consecuencia, y de conformidad con el artículo 184 del Código Civil venezolano, queda disuelto el vínculo matrimonial por ellos contraído por ante Oficina de Registro Civil del Municipio Sucre estado Portuguesa, según consta de acta de matrimonio Nº 16, en fecha 16 de febrero de 2011. 2) REGIMEN PARENTAL: Los solicitantes llegan a un acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 351, parágrafo primero de la Ley Orgánica para .....