Declara que imparte la homologación y le da carácter de cosa juzgada al convenimiento a que llegaron las partes de la siguiente manera: el ciudadano JONAS ALBERTO MADRID se obliga a cancelar por concepto de obligación de manutención la cantidad CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs 400,oo) mensuales y en el mes de diciembre la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs 800), y que contribuirá con el cincuenta por ciento (50%) de los gastos que ocasione por gastos de medicinas dichas cantidades las entregará a la madre de la niña ciudadana MARISELA FERNANDEZ.