DISPOSITIVA
Por todas la razones antes expuestas, este Tribunal del Control N° 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua Estado Portuguesa, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA LA REMISIÓN de la presente causa terminando en consecuencia el procedimiento respecto del hecho objeto de la investigación a favor del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 23/12/1991, de diecisiete (17) años de edad, titular de la cedula de identidad V-22.098.768, soltero, residenciado en la avenida 02 con esquina calle 06, casa numero 62, barrio La Cortecita, Municipio Páez, Estado Portuguesa, por la presunta comisión de uno de los Delitos Contra La Fe Pública, específicamente el delito de INCENDIO, previsto en el artículo 443 del Código Penal, en perjuicio de La ciudadanaYUSMARY MARIELIS HIDALGO, de nacionalidad Venezolana, titular de la cedula de identidad V.....